Si la muerte no hubiese sobrevenido sin el concurso de circunstancias preexistentes desconocidas del culpable, o de causas imprevistas o independientes de su hecho, la pena será la de presidio de cuatro a seis años, en el caso del artículo 405; de seis a nueve abriles, en el caso del https://cruxbookmarks.com/story18513550/un-arma-secreta-para-reato-di-lesioni-aggravate