1. El empresario asegurará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. 2 bis. Las empresas, en atención al núsolo de trabajadores y a la naturaleza y peligrosidad de las actividades realizadas, podrán realizar el plan https://keithb703tfk8.mysticwiki.com/user